ENTRADA EN VIGOR DE LA NUEVA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS

El pasado 7 de diciembre de 2018 entró en vigor la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LPDGDD), que actualiza la legislación española de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y, además, revisa y amplía las obligaciones digitales de las organizaciones que lleven a cabo algún tipo de tratamiento.

 

La LOPD cuenta con 97 artículos, repartidos en 10 títulos. El más novedoso, el que contiene el catálogo de derechos digitales (Título X, artículos 79 a 97), entre los que se encuentran el derecho a la actualización de informaciones en medios de comunicación digitales, el derecho a la intimidad y uso de dispositivos en el ámbito laboral o el derecho a la desconexión digital en el trabajo.

 

Recordemos que el RGPD ya regula de manera directa en los países miembros de la UE el tratamiento de datos de carácter personal en las Empresas. Sus principales novedades fueron:

 

  1. La protección de datos desde el diseño y por defecto: análisis de riesgos, evaluaciones de impacto y medidas de seguridad “ad-hoc”.
  2. Gestión y comunicación de las violaciones de seguridad.
  3. Deber de diligencia debida en la elección de los encargados de tratamiento.
  4. Sistemas de verificación continua que permita acreditar en todo momento el cumplimiento de la normativa.
  5. La figura del Delegado de Protección de Datos.

 

Puede solicitar más información sobre los cambios a llevar a cabo en su Empresa de cara al cumplimiento de estas normativas dirigiéndose a info@compliancecorporativo.es o haciendo clic aquí

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